MANTENIMIENTO
Mantenimiento de los
elementos contaminantes
El mantenimiento, sustitución o repara-
ción de los dispositivos y sistemas de
control de emisiones puede ser realizado
por cualquier empresa o persona que re-
pare motores náuticos SI (encendido con
bujía).
Realice únicamente los procedimientos de
mantenimiento que se detallan en esta
guía. Puede obtener asistencia o informa-
ción adicional de su concesionario autori-
zado de embarcaciones deportivas Sea-
Doo. En muchos casos se necesitan he-
rramientas adecuadas y formación espe-
cial para llevar a cabo ciertos procedi-
mientos de mantenimiento o reparación.
Mantenga en todo momento la embarca-
ción y el equipamiento en óptimas condi-
ciones. Cumpla el programa de manteni-
miento prescrito. Es recomendable una
revisión anual de la embarcación.
La sentina debe mantenerse limpia de
aceite, agua u otras substancias extrañas.
No intente izar la embarcación si no cuenta
con la formación adecuada ni equipo
especial.
El motor, así como los componentes co-
rrespondientes identificados en esta guía,
no deben utilizarse en productos diferen-
tes a aquellos para los que fueron diseña-
dos. Deben respetarse de manera estricta
los procedimientos de mantenimiento y el
par de apriete especificado. No intente
nunca realizar una reparación a menos
que disponga de las herramientas ade-
cuadas. Estas embarcaciones han sido di-
señadas de modo que las dimensiones de
los componentes se representan tanto del
sistema métrico como en el británico. An-
tes de proceder a la sustitución de dispo-
sitivos de fijación, asegúrese de que se
utilizan solamente aquellos recomenda-
dos por BRP. En caso necesario, póngase
en contacto con su concesionario autori-
zado de embarcaciones deportivas Sea-
Doo para obtener información adicional
sobre mantenimiento.
Utilice su embarcación con prudencia y
diviértase. No olvide que todos debemos
ayudar a los otros navegantes en caso de
emergencia.
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Información sobre las
emisiones del motor
Responsabilidad del fabricante
A partir de los modelos de motores del año
1999, los fabricantes de motores náuticos de-
ben determinar los niveles de emisión de es-
cape de cada familia de potencias y certificar
dichos motores con la Agencia de Protección
Medioambiental (EPA) de los Estados Uni-
dos. Debe colocarse una etiqueta con infor-
mación sobre el control de las emisiones, que
muestre los niveles de emisión y las especifi-
caciones del motor, en cada embarcación en
el momento de la fabricación.
Responsabilidad del concesionario
Cuando se realicen operaciones de manteni-
miento en embarcaciones Sea-Doo de 1999
y posteriores, que lleven una etiqueta con in-
formación sobre el control de emisiones, to-
dos los ajustes deben mantenerse dentro de
las especificaciones de fábrica publicadas.
E l r e e m p l a z o o r e p a r a c i ó n d e l o s
componentes relacionados con el sistema de
emisiones debe llevarse a cabo de forma tal
que se mantengan los niveles de emisiones
dentro de las normas de homologación
aplicables.
Los concesionarios no pueden modificar el
motor de forma que alteren el caballaje o
permitan niveles de emisión que superen las
es p ec ifica cio n es pre de termin ad a s de
fábrica.
E n t r e l a s e x c e p c i o n e s s e i n c l u y e n
modificaciones prescritas por el fabricante,
como, por ejemplo, ajustes por la altitud.