– uso y capacidad de carga de los montacargas;
– otras condiciones de servicio especiales y peligros a los que podría enfrentarse el
operario.
3. Servicio de la carretilla accionada, incluyendo:
– la revisión periódica antes de cada turno y el procedimiento autorizado de
paralización de una carretilla que se tenga que reparar;
– procedimiento de manipulación de las cargas: elevación, descenso, toma y
depositación de la carga, inclinación de la misma;
– marcha con y sin cargas, conducción a través de curvas;
– procedimiento de parada y desconexión;
– otras condiciones de servicio especiales para usos especiales.
4. Prescripciones para la seguridad durante el servicio y su aplicación en la
práctica, incluyendo:
– las disposiciones que el presente manual contiene en el apartado "Funcionamiento
de la carretilla" dentro de este capítulo;
– otros acuerdos, prescripciones y procedimientos que hayan sido expresamente
determinados por la entidad explotadora para el emplazamiento en el que se
maneje la carretilla.
5. Ejercicios prácticos, incluyendo:
– en la medida de lo posible, los ejercicios prácticos sobre el manejo de las carretillas
apiladoras accionadas deberán tener lugar en una zona aparte, aislada de las
demás zonas de trabajo y los demás trabajadores;
– los ejercicios prácticos deberán llevarse a cabo bajo la vigilancia de un instructor;
– se deben realizar ejercicios prácticos sobre el funcionamiento de todas las tareas
operativas (incluyendo el transporte, las maniobras, la circulación, la parada, el
inicio de la marcha y demás actividades) bajo las mimas circunstancias a las que
el operario se enfrente durante el uso real de la carretilla, bien sea mediante
situaciones reales o simuladas.
6. Control, formación complementaria y realización:
– durante la formación, el empresario debería comprobar las aptitudes y los
conocimientos que el operario posee sobre los requisitos establecidos por la
normativa mediante unos controles de rendimiento y unas pruebas orales y/o
escritas. Los empresarios deberían determinar criterios adecuados para establecer
en qué casos se superarán o suspenderán dichas pruebas. Los empresarios podrán
encargar a otras personas la realización de estos controles y pruebas; no obstante,
la responsabilidad en relación con las mismas seguirá recayendo sobre ellos. Se
deberán establecer y aplicar unos protocolos adecuados.
– cuando se introduzcan instalaciones nuevas, se modifiquen las ya existentes, o se
den cambios en las condiciones de servicio reinantes, o en caso de que el
rendimiento de algún operario sea insuficiente, se deberá proporcionar formación
complementaria a los operarios.
– el usuario es responsable de garantizar el uso seguro de la carretilla accionada y
de que se respeten las normas y directrices establecidas en estas instrucciones.
NOTA
Puede solicitar información sobre la formación de los operarios, entre otros, a
los fabricantes de carretillas (accionadas), a las instituciones oficiales
encargadas de la seguridad durante el servicio, a las asociaciones de entidades
explotadoras de carretillas y a los asesores en materia de seguridad.
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