Garantía Internacional Limitada De Brp Para Embarcacion Deportivas Sea-Doo; Del Año 2008 - Sea-doo 180 CHALLENGER Guia Del Usuario

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GARANTÍA INTERNACIONAL LIMITADA DE
BRP PARA EMBARCACION DEPORTIVAS
®
SEA-DOO
1) ÁMBITO
BRP US Inc. ("BRP")* garantiza su embarcación deportiva modelo Sea-Doo
del año 2008 nueva y de primera mano (en lo sucesivo "Embarcación deporti-
va") vendida por cualquier distribuidor/concesionario autorizado de BRP en los
cincuenta estados de EE.UU, en Canadá y en los estados miembros de la Unión
Europea (en lo sucesivo "concesionario o distribuidor autorizado") de todo de-
fecto en material y mano de obra por el período y bajo las estipulaciones que se
indican a continuación.
Todas las piezas y accesorios originales BRP, instalados por un distribuidor/conce-
sionario autorizado de BRP (así definido en adelante) en el momento de la entrega
de la embarcación personal Sea-Doo de 2008, cuentan con la misma garantía que
la embarcación deportiva.
El uso de este producto para carreras o para cualquier otra actividad competitiva,
en cualquier momento, incluso por parte de un propietario anterior, anulará esta
garantía.
2) EXCLUSIONES DE GARANTÍA
Todo lo que sigue no está amparado por la garantía en ninguna circunstancia:
• Cambio de piezas debido a un uso y desgaste normal;
• Piezas y servicios de mantenimiento periódico, incluyendo, sin ser exhaustiva
la enumeración, los reglajes, cambios de aceite, de lubricante y de refrigerante,
cambio de bujías, bombas de agua y operaciones similares;
• Daño causado por un almacenamiento o mantenimiento inadecuado o inexis-
tente, incumplimiento de los procedimientos y recomendaciones contenidos
en la Guía del usuario;
• Daño originado por la eliminación de piezas, reparaciones, operaciones de ser-
vicio, mantenimiento o modificación inadecuadas, o uso de piezas o accesorios
no fabricados ni aprobados por BRP, que, en su opinión razonable, sean incom-
patibles con las embarcaciones deportivas o afecten de modo adverso a su
funcionamiento, prestaciones o durabilidad, o bien resulten de reparaciones
realizadas por personal ajeno a un distribuidor/concesionario autorizado de
BRP;
• Daños causados por abuso, mal uso, uso anómalo, negligencia, competi-
ciones, manejo inapropiado o manejo de la embarcación deportiva que no se
ajuste a las recomendaciones de la Guía del usuario;
• Daños que se deriven de un daño externo, hundimiento, entrada de agua u
objetos extraños, accidente, robo, vandalismo o cualquier catástrofe natural;
• Utilización de combustible, aceites o lubricantes no adecuados para la embar-
cación deportiva (consulte la Guía del usuario);
• Daños por oxidación, corrosión o exposición a los elementos;
• Daños producidos por bloqueo de objetos extraños en el sistema de refrig-
eración o la(s) bomba(s) de impulsión;
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DEL AÑO 2008
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