Garantía Limitada De Brp En Los Estados Miembros De La; Año 2008; Alcance De La Garantía Limitada - Sea-doo 180 CHALLENGER Guia Del Usuario

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GARANTÍA LIMITADA DE BRP EN LOS ESTADOS
MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA PARA
EMBARCACION DEPORTIVAS SEA-DOO
DEL AÑO 2008
1) ALCANCE DE LA GARANTÍA LIMITADA
BRP US Inc. ("BRP")* garantiza ante defectos de material o fabricación sus Em-
barcaciones deportivas Sea-Doo
concesionarios o distribuidores autorizados de BRP ("concesionarios/distribuido-
res") en los estados miembros de la Unión Europea, por el período y con arreglo
a las condiciones que se describen a continuación.
Todas las piezas y accesorios originales de las embarcaciones deportivas
Sea-Doo
, instalados por un concesionario o distribuidor autorizado de BRP en
®
el momento de la entrega de la embarcación deportiva Sea-Doo
cubiertos por la misma garantía que las Embarcaciones deportivas.
El uso de este producto para carreras o para cualquier otra actividad competitiva,
en cualquier momento, incluso por parte de un propietario anterior, anulará esta
garantía.
2) EXCLUSIONES DE GARANTÍA
Todo lo que sigue no está amparado por la garantía en ninguna circunstancia:
• Cambio de piezas debido a un uso y desgaste normal;
• Piezas y servicios de mantenimiento periódico, incluyendo, sin ser exhaustiva
la enumeración, los reglajes, cambios de aceite, de lubricante y de refrigerante,
cambio de bujías, bombas de agua y operaciones similares;
• Daño causado por un almacenamiento o mantenimiento inadecuado o inexis-
tente, incumplimiento de los procedimientos y recomendaciones contenidos
en la Guía del usuario;
• Daño originado por la eliminación de piezas, reparaciones, servicio, manten-
imiento o modificación inadecuadas, o uso de piezas o accesorios no fabri-
cados ni aprobados por BRP, que, en su opinión razonable, sean incompati-
bles con las embarcaciones deportivas o afecten de modo adverso a su fun-
cionamiento, prestaciones o durabilidad, o bien resulten de reparaciones real-
izadas por personal ajeno a un distribuidor/concesionario autorizado de BRP;
• Daños causados por abuso, mal uso, uso anómalo, negligencia, competi-
ciones, manejo inapropiado o manejo de la embarcación deportiva que no se
ajuste a las recomendaciones de la Guía del usuario;
• Daños que se deriven de un daño externo, hundimiento, entrada de agua u
objetos extraños, accidente, robo, vandalismo o cualquier catástrofe natural;
• Utilización de combustible, aceites o lubricantes no adecuados para la embar-
cación deportiva (consulte la Guía del usuario);
• Daños por oxidación, corrosión o exposición a los elementos;
• Daños producidos por bloqueo de objetos extraños en el sistema de refrig-
eración o la(s) bomba(s) de impulsión;
del año 2008 nuevas y sin usar, vendidas por
®
_____________________
®
de 2008, están
®
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