T
Euro 4/5
RAKKER
Modificaciones en la cabina
2.13
Modificaciones en la cabina
2.13.1
Generalidades
Toda intervención en la cabina deberá ser previamente autorizada por IVECO.
Las modificaciones no deberán impedir el buen funcionamiento de los dispositivos de mando colocados en la zona afectada por
la modificación (por ej. pedales, varillajes, interruptores, tuberías, etc.) ni alterar la resistencia de los elementos autosoportados (mon-
tantes, perfiles de refuerzo, etc.). Se prestará especial atención a las modificaciones de los conductos de refrigeración y de aspiración
del aire del motor.
En el procedimiento de colocación de la carga útil, habrá que considerar la variación de la masa de la cabina, con la finalidad de
respetar la distribución de las masas admitidas sobre los ejes (ver punto 1.13).
En las operaciones que requieren la remoción de paneles supresores de ruidos, de protecciones interiores (paneles, rellenos, etc.),
limitar la remoción al mínimo indispensable, teniendo cuidado de restablecer las protecciones según lo previsto en origen, garantizan-
do su operatividad inicial.
La instalación de mandos y aparatos en la cabina (mando de accionamiento de las tomas de fuerza, mando de los cilindros operadores
exteriores, etc.) está permitida a condición que:
-
Su colocación sea racional, cuidadosa y de fácil alcance por parte del conductor.
-
Se adopten los dispositivos de seguridad, de control y de señalización tanto para satisfacer las necesidades de empleo y seguridad
del vehículo y de sus aparatos como para cumplir con los requisitos impuestos por las normativas nacionales.
Asegurarse de que la colocación de los tubos y de los cables haya sido efectuada de manera correcta incluso en función del bascula-
miento de la cabina, adoptando las fijaciones y recordando respetar las oportunas distancias del motor respecto de las fuentes de
calor y de los órganos móviles.
Prever para cada modificación de la estructura la necesaria protección contra la corrosión (véase punto 2.2).
Cuidar la colocación de las juntas y aplicar el sellado en las zonas en que se necesite dicha protección.
Cerciorarse de la perfecta estanqueidad frente a infiltraciones de agua, polvo y humos.
El carrocero deberá comprobar que, después de la intervención, la cabina mantenga tanto en el interior como en el exterior, las
características que deben corresponder a las disposiciones normativas.
2.13.2
Modificaciones en el techo de la carrocería
Las instalaciones y las operaciones de modificación para la realización de equipamientos específicos, deberán prever unas ejecu-
ciones cuidadosas para salvaguardar la resistencia y el mantenimiento de la funcionalidad y la protección de la cabina.
En las aplicaciones de grupos o equipos en el techo de la cabina (por ej. de plantas de aire acondicionado, spoiler, top-sleeper),
comprobar que la masa del aparato no supere la masa admitida para la cabina. Dichos límites podrán ser facilitados a petición y en
función del equipamiento.
Las cabinas estarán predispuestas con puntos de anclaje a lo largo del perímetro del techo (8 para la versión normal y 10 para
la profunda), dotados de orificios con rosca M8x1, protegidos con unos tapones especiales de plástico.
Si se debiera practicar la apertura para recabar un espacio encima del techo de la carrocería, tener cuidado en:
-
Prever unos radios de unión no inferiores a 50 mm.
-
No modificar las eventuales nervaduras.
-
No alterar la curvatura del techo.
Print 603.93.735
2-51
MODIFICACIÓN DEL CHASIS
Modificaciones en la cabina
Base - Enero 2008