INSTALACIÓN DEL FUERABORDA
Depósitos de combustible
DEPÓSITO PORTÁTIL DE COMBUSTIBLE
Seleccionar un lugar adecuado en la embarcación al alcance del conducto de combustible del motor y
asegurar el depósito en dicha posición.
DEPÓSITO PERMANENTE DE COMBUSTIBLE
Los depósitos permanentes de combustible se deben instalar según los reglamentos nacionales e
industriales, los cuales incluyen recomendaciones pertinentes a la conexión a tierra, protección contra el
efecto de sifonaje, ventilación, etc.
Requisito de manguera de combustible de bajo nivel de penetración
Se requiere en fuerabordas fabricados para su venta, vendidos o en venta en Estados Unidos.
•
La agencia estadounidense de protección del medio ambiente (EPA) exige que los fuerabordas
fabricados después del 1 de enero de 2009 utilicen una manguera de combustible de baja penetración
para la manguera principal que conecta el depósito de combustible con el fueraborda.
•
La manguera de baja penetración es del tipo B1-15 o A1-15 del USCG, no superior a 15/gm²/24 h con
combustible CE 10 a 23 °C según se especifica en SAE J 1527 - manguera para combustible
marítimo.
Especificaciones de instalación
a
a -
Abertura mínima del peto de popa
b -
Línea central para los sistemas de dos motores - 66,0 cm (26 in.)
Abertura mínima del peto de popa
Un solo motor
Dos motores
a
b
18552
84,2 cm (33 in.)
149,9 cm (59 in.)
68
spa