Salto De Olas Y Estelas; Impacto Contra Obstáculos Peligrosos Bajo El Agua - Mercury Marine QSD 2.8 Manual Del Propietário

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Cualquier reducción súbita e inesperada de la velocidad de la embarcación puede provocar la caída por la proa del pasajero
que ocupa el asiento elevado.

Salto de olas y estelas

El salto de olas o estelas puede provocar lesiones graves o incluso la muerte a los ocupantes que salgan despedidos dentro
o fuera de la embarcación. Siempre que sea posible, no saltar sobre olas o estelas.
El funcionamiento de embarcaciones de recreo sobre olas y estelas es algo normal en la navegación. Sin embargo, cuando
esta actividad se hace con la suficiente velocidad como para hacer que parte del casco de la embarcación o su casco entero
se salga del agua, entonces surgen ciertos peligros, particularmente cuando la embarcación entra de nuevo en el agua.
El peligro principal sería el cambio de dirección de la embarcación en mitad del salto. En esos casos el amerizaje puede
hacer que la embarcación vire bruscamente a una dirección diferente. Dicho cambio de rumbo o viraje brusco puede hacer
que los pasajeros salgan despedidos de sus asientos o de la embarcación.
Existe otro peligro menos común como resultado de permitir que la embarcación salga disparada de una ola o estela. Si la
proa de la embarcación sobrevuela a bastante distancia, puede que, al entrar en contacto con el agua, se sumerja y navegue
de esta forma durante un instante. Esto hará que la embarcación casi se detenga durante un instante y que los pasajeros
salgan despedidos hacia delante. La embarcación también podría virar bruscamente hacia un lado.
Impacto contra obstáculos peligrosos bajo el agua
Disminuir la velocidad y avanzar con precaución cuando se navegue por aguas poco profundas o en zonas donde se sospeche
la existencia de obstáculos sumergidos que puedan golpear los componentes sumergidos de la transmisión, el timón o el
fondo de la embarcación. Lo mejor que se puede hacer para limitar lesiones o daños por impactos de objetos flotantes o
sumergidos es controlar la velocidad de la embarcación. En estas condiciones, la velocidad de la embarcación se debe
mantener a una velocidad de planeo mínima de 24 a 40 km/h (de 15 a 25 MPH).
El impacto de un objeto flotante o sumergido puede ocasionar infinidad de situaciones. Algunas de ellas pueden dar lugar a
lo siguiente:
La embarcación puede cambiar súbitamente de dirección. Dicho cambio de dirección o giro brusco puede expulsar a los
pasajeros de sus asientos o de la embarcación.
Una reducción rápida de la velocidad. Esto hará que los ocupantes salgan lanzados hacia delante o incluso fuera de la
embarcación.
Daños por impacto a los componentes sumergidos de la transmisión, el timón o la embarcación.
Recordar que, en estas situaciones, lo mejor que puede hacerse para reducir las lesiones o los daños por impacto es controlar
la velocidad de la embarcación. Cuando se navega en aguas donde se sabe que hay obstáculos sumergidos, la embarcación
se debe mantener a la velocidad de planeo mínima.
90-8M0057506
MARZO 2011
spa
ADVERTENCIA
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mc79680-1
17269
Sección 3 - En el agua
mc79557-1
Página 29

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