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INTERVENCIONES EN EL VEHÍCULO
Modificación de la distancia entre ejes
2.4
Modificación de la distancia entre ejes
2.4.1
Generalidades
Cualquier modificación del paso, que afecte a los circuitos eléctricos y/o nueva ubicación de los compo-
nentes eléctricos / electrónicos, necesita la previa aprobación de IVECO y, de todas formas, debe ser
!
realizada siguiendo las instrucciones del capítulo 5.
En general, la modificación del paso o batalla se debe efectuar interviniendo sobre el paso normal de fabricación que más se
aproxime al que se quiere realizar.
No obstante, es necesario recordar que, si se quiere realizar una medida inferior a la mínima homologada o superior a la máxima
homologada, se debe pedir la pertinente autorización escrita.
El corte de la estructura se efetuará siguiendo las indicaciones dadas en el punto 2.3.4. En los casos en que la dimensión de la superes-
tructura lo permita, es preferible realizar pasos iguales a los previstos en la producción normal, ya que con ello se consiente la utiliza-
ción de árboles de transmisión originales y posiciones ya definidas de los travesaños.
Cuando en el alargamiento del paso se realizan valores superiores a los previstos de serie, se deberá prestar atención especial al
respeto de los límites establecidos por las normativas nacionales, en particular para todo lo que respecta a la inscripción por dimensio-
nes de gálibo (si existe). Utilizar únicamente el material indicado en el punto 2.3.2.
2.4.2
Autorización
La variación de la distancia entre ejes, en las versiones 4x2, se puede realizar sin la aprobación específica de IVECO, en los casos
siguientes:
-
en la ampliación de la distancia entre ejes, cuando el nuevo valor realizado tenga una longitud comprendida entre las de serie
que poseen la misma sección del larguero. Dichas dimensiones se indican en la documentación técnica específica, o bien en los
Cuadro 2.7 y Cuadro 2.8.
-
en la reducción de la distancia entre ejes, realizada hasta el valor más corto previsto de serie en cada modelo.
Lo anterior siempre que el taller ofrezca suficientes garantías bajo los aspectos tecnológicos y de control (personal cualificado, proce-
sos operativos adecuados, etc.).
Las intervenciones tienen que ser realizadas respetando las presentes directivas y planeando cuanto sea necesario como puede ser
las regulaciones y adaptaciones correspondientes así como tomando las oportunas precauciones (Ej. controlar si es necesario confi-
gurar nuevos parámetros en las centralitas, colocación de los tubos de escape, respeto de la tara mínima en el eje posterior, etc)
prevista en los pasos originales.
2.4.3
Influencia en la dirección
En general, el alargamiento de la distancia entre ejes influye negativamente en el viraje. Cuando las normativas vigentes lo requieran,
además de respetar los límites de las dimensiones exteriores, no deberán superarse los límites establecidos por lo que se refiere a los
esfuerzos sobre el volante con los correspondientes tiempos de clasificación (por ej. el Reglamento ECE o bien Directiva CE vigente).
En el Cuadro 2.10 se ilustran, para los diferentes modelos, los límites de alargamiento de la distancia entre ejes, con la dirección de
serie, en la condición de carga máxima permitida en el eje delantero y con los neumáticos permitidos en el vehículo.
Si se requieren distancias entres ejes superiores, debido a equipamientos especiales, hay que pedir la aprobación de IVECO y tomar
las medidas necesarias para mejorar el viraje, como, por ejemplo, reducir la carga máxima permitida en el eje delantero o emplear
neumáticos y ruedas con menor distancia entre el eje de mangueta y el plano medio de las ruedas, medida en el suelo.
Para poder utilizar una bomba suplementaria es necesario obtener nuestra autorización y la instalación deberá ser efectuada por
una empresa especializada.
Modificación de la distancia entre ejes
Base - Enero 2009
E
M.Y. 2008
UROCARGO
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