Instalación eléctrica
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Normas de instalación
5.2.10 Alturas de instalación superiores a 1.000 m sobre el nivel del mar
5.2.11 Dispositivos de protección
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Las unidades de accionamiento DRC pueden instalarse en las siguientes condiciones
en alturas a partir de 1.000 m sobre el nivel del mar hasta máx. 4.000 m sobre el nivel
1)
del mar
.
•
La potencia nominal continua se reduce debido al enfriamiento reducido por encima
de los 1.000 m (véase el capítulo "Datos técnicos y planos de cotas").
•
Por encima de los 2.000 m sobre el nivel del mar, las distancias de aislamiento y de
fugas sólo son suficientes para una sobretensión de clase II. Si la instalación
requiere una sobretensión de clase III, se tiene que usar una protección externa
adicional frente a sobretensiones para garantizar que las sobretensiones que surjan
no sobrepasen los 1,5 kV de fase-fase y los 2.5 kV de fase-tierra.
•
En el caso de que se requiera una desconexión eléctrica segura, ella deberá
realizarse en alturas por encima de 2.000 m sobre el nivel del mar fuera de la unidad
(desconexión eléctrica segura conforme a la norma EN 61800-5-1).
•
En alturas de instalación entre 2.000 m y 4.000 m sobre el nivel del mar se reducen
las tensiones nominales de red como sigue:
– 6 V cada 100 m
•
Las unidades de accionamiento DRC presentan dispositivos de protección
integrados contra sobrecargas.
•
La línea debe protegerse con dispositivos externos contra sobrecargas.
•
En relación con la sección de cable, caída de tensión y tipo de tendido se deberán
respetar las normas aplicables en cada caso.
1) La altura máxima está limitada por la rigidez dieléctrica reducida a causa de la menor densidad del aire.
Instrucciones de funcionamiento – Motor electrónico DRC.-..-DAC